¿Qué es el terrorismo urbano?

Terrorismo urbano figurará como delito dentro del Código Penal

El terrorismo urbano se define, según el dictamen, como «aquellos actos que, mediante el uso de la violencia o la intimidación, busquen sembrar el miedo en la población y desestabilizar el orden público». Las penas para este nuevo delito varían de 15 a 25 años de prisión, dependiendo de la gravedad de los actos cometidos.

 “Si el agente comete terrorismo urbano desde el interior de un establecimiento penitenciario, donde se encuentra privado de su libertad, si utiliza a menores de edad u otros inimputables para su comisión, actúa con gran crueldad (…) o si la víctima es un funcionario comprendido en el artículo 99 de la Constitución Política del Perú o miembro de la Policía Nacional, de las Fuerzas Armadas, magistrado del Poder Judicial o del Ministerio Público o miembro del Tribunal Constitucional o cualquier autoridad elegida por mandato popular”, se indica en la iniciativa.

Se agrega que la sanción también se dará en caso el citado delito es realizado por dos o más personas, además si es que el hecho recae sobre torres de energía o transmisión, o afecte cualquier servicio público de agua o energía eléctrica.

DATO 

Los alcaldes de Los Olivos y San Juan de Lurigancho destacaron la incorporación del delito de terrorismo urbano en el Código Penal. En tanto, cuestionaron los eventuales cambios a la ley contra el crimen organizado

Centro de Noticias del Congreso 14 Jun 2024 | 10:48 h
Congresista Américo Gonza , presidente de Comisión de Justicia y Derechos Humanos

Con 14 votos a favor y 4 abstenciones, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso, que preside el legislador Américo Gonza Castillo (PL), aprobó el dictamen recaído en los proyectos de ley 05525/2022-CR, 05838/2023-CR, 05969/2023-CR, entre otros, que propone incorporar en el Código Penal, Decreto Legislativo 635, los delitos de terrorismo urbano.

La propuesta plantea la incorporación del Capítulo II, Terrorismo Urbano, en el Título XIV del Libro Segundo del Código Penal, Decreto Legislativo 635, que comprende los artículos 318-A y 318- B.

Se indica que, el que provoque o realice actos típicos que deben concurrir en dos o más delitos previstos en los artículos 108, 108-C, 108-D, 121, 129-A, 129-B, entre otros, así como en los delitos agravados de la Ley de Delitos Informáticos; generando estado de zozobra en la población o en un sector de ella con la finalidad de obtener ventaja o beneficio económico, será reprimido con pena privativa de libertad no menor a 23 ni mayor a 30 años con 365 días multa

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 Artículo científico sobre  El terrorismo urbano ¿Un fenómeno inexplicable? en el contexto mundial. Link 

Durante la Segunda Guerra Mundial, el terrorismo urbano no jugó más que un papel insignificante entre los movimientos de resistencia europeos y estas actividades no afectaron a la moral de los soldados alemanes. Hay que recordar, durante el período de la descolonización, la “batalla de Argelia, en el curso de la cual los paracaidistas de Massu eliminaron a los terroristas de F’LN


10 de junio de 2024 - 7:00 p. m.
Acogiendo una iniciativa promovida por el presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, hoy se realizó en el Congreso de la República, la primera Mesa de Trabajo referida al delito de “Actos de Terrorismo Urbano”, proponiendo se incorpore esta figura en el Código Penal para contar con respaldo legal y dar una mejor respuesta al lamentable contexto criminal que el país atraviesa.

En esta primera reunión técnica, efectuada en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República, asistió el doctor Pedro Angulo Arana, jefe de gabinete de asesores del Poder Judicial en representación del doctor Javier Arévalo Vela.

Participaron además en esta primera reunión, un representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como destacados juristas: César Nakasaki Servigón, Luis Lamas Puccio, Benji Espinoza Ramos y Carlos Rivera Paz, en su calidad de representantes del Colegio de Abogados de Lima.

Recordemos que semanas atrás el presidente Arévalo, aseguró que la criminalidad, la delincuencia había rebasado todo límite y que la ciudadanía vive con temor y miedo, y ese estado no podría considerado más que terrorismo urbano.

El Poder Judicial hasta el momento cuenta con 11 unidades de flagrancia inauguradas en tiempo récord y con recursos propios en busca de una lucha abierta y sin descanso contra la delincuencia común.

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