HAGA UN TESTAMENTO Y DEJE EN ORDEN SUS FINANZAS

PERU 21 OCTUBRE 1, 2009

Haga un testamento y deje en orden sus finanzas

El precio promedio que cobran las notarías de Lima para la elaboración y certificación del testamento por Escritura Pública varía entre S/.500 y S/.1,000.
Autor: Karen Guardia Quispe

Sabía usted que un testamento evitaría trámites engorrosos y facilitaría la vida de sus familiares tras su fallecimiento. Su elaboración es sencilla y toma solo dos horas.

La ley peruana contempla tres tipos: por Escritura Pública, Testamento Cerrado y Testamento Ológrafo (ver infografía). De acuerdo con el notario Juan Zárate del Pino, la más confiable es la Escritura Pública porque es de eficacia inmediata: al morir la persona, los herederos pueden ejercer sus derechos en el acto.

En cambio, las otras dos formas testamentarias no son aconsejables debido a que pueden ser manipuladas indebidamente o, incluso, redactadas erróneamente.

Los notarios en Lima cobran, en promedio, entre S/.500 y S/.1,000 por elaborar y certificar un testamento por Escritura Pública. El monto incluye la inscripción en el Registro de Testamentos de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).

¿Qué pasa cuando no existe un testamento? Los herederos deben solicitar ante un juez o ante un notario el Acta Final de Procedimiento de Sucesión Intestada. Lo recomendable, según el especialista, es acudir a un notario ya que al juez le toma entre tres y cuatro meses emitir el documento, mientras que, a la notaría, cerca de un mes.

El precio aproximado es de S/.500, que incluye la inscripción de la resolución en el Registro de Sucesiones Intestadas de la Sunarp.

LAS DEUDAS SE HEREDAN. El doctor Nelson Ramírez, del Estudio Muñiz, explica que las obligaciones pactadas por el occiso –como deudas con terceros– pasan a ser responsabilidad de los herederos siempre y cuando el patrimonio heredado alcance para cancelar la deuda. En caso contrario, se extingue.

Cabe señalar que, una vez abierto el testamento o cuando ya se emitió la resolución de la Sucesión Intestada, los herederos deben hacer un inventario de los bienes del difunto inscritos en Registros Públicos ante un notario y definir el valor de cada bien. La notaría verifica que sea el importe correcto.

Ramírez enfatiza que no existe la obligación de incluir todos los objetos en el inventario. “El occiso puede tener un reloj de oro, por ejemplo, y obviarlo de la lista”, señala.

En caso de deudas con los bancos, Ramírez asegura que están cubiertas con el seguro de desgravamen. Pero, si el seguro no logra cubrir la deuda, los herederos tienen que cancelarla. “Hay que tener cuidado porque, si se niegan a cancelar un crédito hipotecario, el banco puede ejecutar la garantía y se pierde el inmueble”, advierte.

No hay comentarios:

DESTACADO

Javier Villanueva - el caso de la Fiscalia

09-02-2024 link   De acuerdo a la Carpeta Fiscal 1228-2023, de la investigada Liz Patricia Benavides Vargas, por el presunto delito de organ...

Temas populares